Estudio de las condiciones de trabajo en el sector Agrícola. Siniestralidad. (Publicación INSHT).

agrario_laborprexOs dejamos hoy en nuestro Blog, la publicación que ha realizado el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), llamada “Estudio de las condiciones de trabajo en el sector a partir del análisis de la siniestralidad”; Sector Agrario, dónde tal y como se indica:

Durante mucho tiempo el trabajo agrícola, ganadero y forestal se asoció con una imagen bucólica en la que el trabajador realizaba una actividad saludable que le ofrecía la oportunidad de estar al aire libre, en un entorno natural y respirar aire puro al tiempo que hacía ejercicio lo que le permitía estar en plena forma. Esa imagen nunca mostraba los madrugones para comenzar los trabajos al alba, las larguísimas jornadas de trabajo, las condiciones climáticas adversas, las largas distancias hasta las explotaciones, las dificultades de trabajar en el entorno natural expuestos a múltiples alérgenos, plantas, animales e insectos, etc. Esta falsa percepción de que el trabajo en el campo era de una actividad benevolente se veía reforzada por los datos de siniestralidad de que se disponía….(ver enlace de la publicación)

El sector agrario representa uno de los sectores con mayores índices de siniestralidad, situándose el índice de incidencia de los accidentes de trabajo con baja a niveles similares al sector industria desde el año 2013.

Lo que se pretende con éste estudio es a través de distintas fuentes, profundizar en el conocimiento del sector, que incluye actividades muy diversas relacionadas con la agricultura, la ganadería y los trabajos forestales, con gran variedad de factores de riesgo, y aproximarnos a los problemas del mismo. Para ello se han utilizado las fuentes oficiales disponibles como la Encuesta de Población Activa, así como la información recogida en los Partes Oficiales de Accidente de Trabajo con Baja y de Comunicación de Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. Para complementar esta información se han utilizado otros documentos específicos del sector como los elaborados por el grupo de trabajo del sector agrario de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo…

Podéis ver completa dicha publicación en el siguiente enlace: http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FICHAS%20DE%20PUBLICACIONES/EN%20CATALOGO/AGRICULTURA/Diagnostico%20de%20situacion%20del%20sector%20agrario.pdf

Fuente: www.insht.es

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Desde Laborprex Auditores os deseamos una Feliz Navidad y un Próspero Año 2017.

laborprex_portal4Cómo venimos realizando desde el Año 2000 y por muchos años más…., desde

LABORPREX AUDITORES os deseamos una

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EL SISTEMA DE GESTIÓN ENERGÉTICA ISO 50001:2011

photo-1473341304170-971dccb5ac1eLa norma ISO 50001:2011, Sistemas de Gestión de la Energía, elaborada por el Comité Técnico AEN/CTN 216 de Energías renovables, cambio climático y eficiencia energética, tiene como objetivo principal facilitar, a cualquier tipo de organización, el establecimiento de los sistemas y procesos necesarios para una gestión sistemática y eficiente de la energía que necesitan para su actividad, con el fin de mejorar su desempeño energético, consiguiendo una mejora continua en el uso y el consumo de la energía. Con la aplicación de este sistema se reducen las emisiones de gases de efecto invernadero y otros impactos ambientales relacionados con el desempeño energético, así como los costes de la energía.

Los sistemas de gestión energética son, sin duda, parte de las soluciones al modelo energético actual, que debe pasar por la eficiencia energética y la implantación de tecnológicas no emisoras. En la búsqueda de un modelo más ecológico, es sobre la demanda donde cualquier organización puede actuar, principalmente buscando alternativas de gestión energética con mayor capacidad para reducir consumos innecesarios y, por tanto, emisiones, lo que implicará, además, sin ningún género de dudas, beneficios económicos netos a quien las implanta, además de beneficios ambientales claros a la sociedad en general.
ISO 50001, como cualquier otra norma ISO, se enmarca dentro de un círculo de mejora continua, donde la planificación, ejecución, comprobación y evaluación energética, son actividades fundamentales. También lo son, dentro de la planificación y evaluación, la determinación de lo que se denomina “Línea de Base” y los “Indicadores de Desempeño Energético”.
También, como en cualquier otro sistema de gestión, las auditorías de eficiencia energética constituyen un elemento imprescindible para valorar la adecuada implantación y eficacia del sistema de gestión energética.
Entre los principales beneficios obtenidos por organizaciones que ya han implantado la norma ISO 50001, están:

• La disminución de un porcentaje elevado del consumo de energía total
• La ayuda en la toma de decisiones por parte de la alta dirección.
• Optimización de las potencias instaladas
• Optimización del uso de los equipos
• Alto nivel de concienciación por parte de los trabajadores
• Mayor control por parte del responsable de mantenimiento
• Tasas de retornos de inversión en tiempos muy pequeños.
• Actuaciones de mejora con retornos económicos directos.
• Cumplimiento directo de las obligaciones derivadas del Real Decreto 56/2016

En resumen, para todas aquellas organizaciones con sensibilidad medioambiental, que tengan como uno de sus objetivos la reducción de emisiones, y además piensen que su factura energética es elevada, la implantación de esta norma constituye un paso imprescindible, que les permitirá una eficiente gestión de la energía, y un identificación continua de oportunidades de mejora en esta materia.

Los que tengáis interés en tener más información sobre la norma y cómo implantarla, los días 25 a 27 de noviembre tenéis disponible en Amazon, en formato E-book, el libro Sistema de Gestión Energética ISO 50001, escrito por uno de nuestros auditores/consultores, con descuentos del 70% sobre su precio.

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Actualización de nuestra Web: Laborprex Auditores.

informacion_laborprexNOTA INFORMATIVA: Para todos aquellos que accedáis a nuestra Web, estamos en proceso de actualización (www.laborprex.com). En el caso que requiráis de algún servicio nuestro en éstos días, lo podéis hacer a través de nuestros teléfonos de contacto: 927 62 64 52-Móvil: 678 97 55 10, o en nuestros correos electrónicos: laborprex@laborprex.com; esther@laborprex.com; o también podéis ver nuestra Oferta Formativa completa  a través de nuestra Plataforma de Tele Formación, cuya dirección es: http://www.campuslaborprex.com

Os atenderemos encantados.

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Marrakech, espaldarazo al Acuerdo de París sobre cambio climático

El 15 de noviembre pasado, a los pocos días de la entrada en vigor del Acuerdo de París sobre cambio climático, líderes de todo el mundo han mostrado en Marrakech un fuerte apoyo a su implementación.
sostenibilidad
Así lo destacó el Secretario General de la ONU en la apertura del segmento de alto nivel de la Conferencia sobre Cambio Climático (COP 22), que se celebra en esta ciudad marroquí hasta el 18 de noviembre.

Ban Ki-moon hizo hincapié en que los países han apoyado firmemente el Pacto porque se han dado cuenta de que sus propios intereses nacionales están mejor asegurados cuando persiguen el bien común.

El Acuerdo de París entró en vigor el 4 de noviembre pasado, años antes de lo que se esperaba, con 109 ratificaciones, que contabilizan el 75% de las emisiones de gases de efecto invernadero, sobrepasando el umbral mínimo requerido para que este Pacto se haga efectivo.

“Las ciudades, sus ciudadanos y los ejecutivos de empresas han sido cruciales para movilizar apoyo político para el Acuerdo de París. También se encuentran entre los más visionarios y ambiciosos para construir economías bajas en carbono y resilientes que prosperarán en un mundo cambiado por el clima”, dijo el titular de la ONU.

Ban Ki-moon llamó al sector empresarial a aprovechar las oportunidades que se han generado en energías renovables e innovaciones amigables con el medio ambiente. A su vez, animó a asociaciones del sector público y privado a transformar áreas clave de las economías, que incluyen desde el uso del suelo agrícola hasta el transporte sustentable, al tiempo que pidió a la sociedad civil continuar con sus esfuerzos para hacer rendir cuentas a los gobiernos de manera a que cumplan con sus promesas en este campo.

El Secretario General subrayó que la entrada en vigor del Acuerdo de París demuestra que el cambio climático es real y que ningún país, por más poderoso que sea, está inmune a los impactos de este fenómeno.

Al ser preguntado sobre las declaraciones del presidente electo de Estados Unidos, Donald Trump, en relación con sus intenciones de retirarse del pacto, Ban Ki-moon consideró que Trump entiende que todos necesitamos aprovechar estas tendencias favorables al medio ambiente, por el bien del planeta y de las especies.

A su vez, remarcó que “la unidad global en torno al cambio climático que antes parecía impensable ahora se ha vuelto imparable”.

Fuente: Centro de Noticias ONU

José Manuel Sánchez. Auditor Jefe y Consultor de Sistemas de Gestión de Medio Ambiente

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Seguridad y Salud exigibles a la maquinaria de obra. INSHT.

telescopicosOs dejamos hoy en nuestro Blog, el documento que ha publicado el INSHT (http://www.insht.es/),  para dar respuesta a la necesidad de recoger las orientaciones básicas para la protección de la salud de los trabajadores en el uso de las carretillas de manutención automotoras de alcance variable.

Tal y como indica el documento: «Cada vez es más habitual ver los MT (Manipuladores Telescópicos), en las obras de construcción dentro y fuera de nuestras fronteras, principalmente debido a su versatilidad. Se trata de un equipo que con los implementos (accesorios de elevación y equipos intercambiables) adecuados puede realizar muchas de las funciones que se exigen a una carretilla de manutención todoterreno de mástil vertical, a una plataforma elevadora móvil de personal, a una pala cargadora, a una grúa autopropulsada o a otros equipos de manejo de cargas específicas como porta-bobinas, cargadoras de pacas, tractores de arrastre de remolques, etc. La capacidad de adaptarse para realizar todas esas funciones es un ahorro de costes para las empresas constructoras y nadie duda de ello; pero desde la perspectiva prevencionista, el uso de estos equipos requiere que se realicen una serie de actuaciones en materia preventiva para que también en este caso se llegue a niveles de seguridad aceptables...»

Os dejamos en enlace a dicho documento:

Haz clic para acceder a Condiciones%20de%20SS%20manipuladores%20telescopicos.pdf

Esperamos que sea de vuestra utilidad.

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Auditorías de Eficiencia Energética. ¿A quién afecta?. Criterios Mínimos.

eficienciaenergetica_laborprexCon la publicación del Real Decreto 56/2016 del 12/02/2016, se establece la obligación para determinadas empresas, de la realización de una auditoría de eficiencia energética; a continuación os dejamos un resumen de dicho Real Decreto, dónde detallamos el ámbito de aplicación de las auditorias Energéticas, que exige y cuáles son los criterios mínimos, registro administrativo, régimen sancionador, etc…

  1. ¿A quién afecta?

 Art. 2 Ámbito de aplicación de las Auditorías Energéticas

Será de aplicación a aquellas empresas, que tengan la consideración de grandes empresas, es decir, las que ocupen al menos a 250 personas o, aquéllas de menos de 250 trabajadores que simultáneamente tengan un volumen de negocio que exceda de 50 millones de euros y un balance general que exceda de 43 millones de euros.

En el caso de grupos de sociedades (art 42 del Código de Comercio), a efectos de determinar si una empresa está o no obligada a someterse a una auditoría energética, se deberán computar la suma de los trabajadores y de las magnitudes de volumen de negocio o de balance de todas las sociedades que forman parte del grupo consolidado.

 También existe la obligación de los edificios públicos  de ser autoeficientes energéticamente antes del 31 de Diciembre de 2018, con lo cual deberían someterse también a una auditoría energética para poder conocer las medidas correctoras a aplicar antes de esa fecha.

 2. ¿Qué exige y cuáles son los criterios mínimos?

Art. 3. Exigencia y criterios mínimos a cumplir por las auditorías energéticas

 Las grandes empresas incluidas en el ámbito de aplicación deben someterse a una auditoría energética en sus centros de trabajo:

  • Plazo inferior 9 meses (antes del 13/11/2016).
  • Cada 4 años a partir de la fecha de la auditoría anterior
  • Debe cubrir, el 85% del consumo total de energía final del conjunto de las instalaciones ubicadas en el territorio nacional.

 No se considerará el 85% de consumo total por Comunidad Autónoma, sino Nacional.

A efectos de justificar el cumplimiento de la obligación anterior, las empresas obligadas podrán utilizar una o las dos alternativas siguientes:

  • Realizar auditoría energética que cumpla las directrices mínimas, Normas UNE-EN 16247-1, 16247-2, 16247-3, 16247-4. (aptdo. 3 Art.3, Art. 14).
  • Aplicar un sistema de gestión energética o ambiental, siempre que el sistema de gestión de que se trate incluya una auditoría energética.

En cualquiera de estos dos casos es obligatoria la realización de una auditoría energética antes del 13 de noviembre de 2016. 

Aquella empresa que disponga de un CEEE (RD 235/2013), este podrá formar parte de la auditoría energética con relación a la parte edificatoria cubierta por el CEEE (Certificado de Eficiencia Energética de las Edificaciones), siempre y cuando el CEEE incluya recomendaciones siguiendo las directrices de la UNE 16247.

3. Registro Administrativo de las Auditorías, Art. 6

Las Auditorías deberán registrarse en un Registro Administrativo de Auditorías Energías a través de la Comunidad Autónoma donde se encuentre la instalación. Se seguirá modelo del Anexo I.

El registro deberá realizarse en un plazo de 3 meses a partir de la fecha de la auditoría.

4. Régimen Sancionador, Art. 5 y 14

 Cada Comunidad Autónoma establecerá y aplicará un sistema de inspección de la realización de las auditorías energéticas independiente, con el fin de verificar si se ha realizado la auditoría energética y comprobar si ésta cumple con todos los requisitos exigibles.

Las sanciones serán como siguen:

(Régimen disciplinario. Artículo 80 RD Ley 8/2014)

  • Infracción muy grave: La no realización de la AE en el plazo legal o reglamentariamente establecido.
  • Infracción grave: La realización de la AE sin que su contenido alcance la exigencia y criterios mínimos establecidos legal o reglamentariamente.
  • Infracción leve: No comunicar la realización de la auditoría para su inclusión en el Registro Administrativo de Auditorías Energéticas. Cualquier otro incumplimiento de los deberes y obligaciones establecidos que no sean muy graves o graves.

Sanciones económicas:

(Artículo 81 y 82 RD Ley 8/2014)

  • Infracciones muy graves: multa entre 10.001 a 60.000 €.
  • Infracciones graves: multa entre 1.001 a 10.000 €.
  • Infracciones leves: multa entre 300 a 1.000 €.

Esperamos que os sea de utilidad.

Nos podéis solicitar presupuesto de Auditoria de Eficiencia Energética, sin compromiso alguno, ya que Laborprex Auditores presta dicho servicio.

Para cualquier cuestión, consulta, nos tenéis disponibles; os atenderemos encantados, nuestros datos de contacto son:

Laborprex Auditores: 678 97 55 10-927626452-

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“ESTRÉS EN EL TRABAJO. UN RETO COLECTIVO”. DÍA MUNDIAL DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO (28/04/2016).

diaseguridad_laborprexDesde Laborprex Auditores queremos unirnos a la celebración del Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo (28/04/2016); consiste en una campaña anual internacional para promover el trabajo seguro, saludable y digno. El 28 de abril es, asimismo, la fecha elegida por el movimiento sindical mundial para rendir homenaje a las víctimas de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.

Éste año 2016 el tema de la campaña es “Estrés en el Trabajo. Un Reto Colectivo”, ya que muchos trabajadores se enfrentan diariamente a una gran presión por cumplir las expectativas en sus puestos de trabajo.

Tal y como indica la Organización Internacional del Trabajo (OIT): “En los últimos años, el impacto de los riesgos psicosociales y del estrés relacionado con el trabajo ha recibido cada vez más atención entre los investigadores, los especialistas y los responsables políticos. El estrés relacionado con el trabajo es actualmente reconocido como problema global que afecta a todos los países, todas las profesiones y todos los trabajadores, tanto en los países desarrollados como en desarrollo. En este complejo contexto, el lugar de trabajo es una fuente importante de riesgos psicosociales y al mismo tiempo el lugar idóneo para tratarlos y proteger la salud y el bienestar de los trabajadores”..

En éste enlace podéis ver el Informe sobre “El Estrés en el Trabajo: Un reto Colectivo”:

Enlace: http://www.ilo.org/safework/events/safeday/lang–es/index.htm

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Adaptamos vuestros sistemas de gestión de la Calidad y Medio Ambiente a las Nueva Versiones 2015. Laborprex.

ISO-2015NUEVAS VERSIONES DE LAS NORMAS ISO 9001:2015 e ISO 14001:2015

Desde “LABORPREX AUDITORES” ADAPTAMOS EL SISTEMA  DE GESTIÓN DE CALIDAD Y/O MEDIO AMBIENTE A LAS NUEVAS VERSIONES 2015 DE LAS CITADAS NORMAS , MEDIANTE DOS MODELOS DE CONSULTORÍA CON LOS QUE QUEREMOS CUBRIR LAS NECESIDADES DE CUALQUIER EMPRESA, A UN PRECIO INIGUALABLE:

  1. 100% ON-LINE a un PRECIO DE OFERTA DE: 600 euros en empresas de hasta 20 trabajadores y 800 euros para empresas de más de 20 trabajadores. “Solicítanos PRESUPUESTO sin compromiso alguno”.
  2. ON-LINE + VISITAS A LA SEDE EMPRESA. Presupuesto individualizado según necesidades de la empresa. “Solicítanos PRESUPUESTO sin compromiso alguno”.

NOTA: Los dos modelos garantizan la total eficacia de la adaptación del sistema y su certificación.

Para cualquier cuestión o consulta, nos tenéis disponibles;

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Nuevo Calculador: «Superficie libre mínima por trabajador». Real Decreto 486/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

superficie_laborprexHoy os dejamos en nuestro Blog, el nuevo Calculador: «Superficie mínima por trabajador», basado en las exigencias del Real Decreto 486/1997; publicado en el INSHT, dónde indica:

«El artículo 4 “Condiciones constructivas” del Real Decreto 486/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, indica que tanto el diseño como las características constructivas de los lugares de trabajo deberán ofrecer seguridad frente a determinados riesgos (caídas, choques, golpes, etc.), y facilitar el control de situaciones de emergencia (incendio) posibilitando la evacuación de los trabajadores. Los lugares de trabajo deberán cumplir los requisitos mínimos de seguridad indicados en el Anexo I “Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo”. En particular y a los efectos de este calculador, lo indicado en el apartado 2 “Espacios de trabajo y zonas peligrosas” donde se dice lo siguiente:

superficieinsht_laborprexLas dimensiones de los locales de trabajo deberán permitir que los trabajadores realicen su trabajo sin riesgos para su seguridad y salud y en condiciones ergonómicas aceptables. Sus dimensiones mínimas serán las siguientes:

– 3 metros de altura desde el piso hasta el techo. No obstante, en locales comerciales, de servicios, oficinas y despachos, la altura podrá reducirse a 2,5 metros.

– 2 metros cuadrados de superficie libre por trabajador.

– 10 metros cúbicos, no ocupados, por trabajador.

Para que nos sirve dicho calculador: La determinación de la superficie libre mínima por trabajador supone una serie de cálculos sencillos pero que pueden complicarse en función de las características geométricas de los diferentes locales y de los elementos materiales que se valoren. Atendiendo a dicha complejidad se ha ideado el presente calculador donde, paso a paso, se irán calculando las superficies de los espacios y elementos materiales implicados para, finalmente, establecer el espacio libre mínimo por trabajador y si dicho espacio cumple con los requisitos mínimos exigidos en la normativa específica.

Podéis ampliar la información y ver más calculadores en: http://www.insht.es/portal/site/Insht/menuitem.1f1a3bc79ab34c578c2e8884060961ca/?vgnextoid=1ea84db0e57b3510VgnVCM1000008130110aRCRD&vgnextchannel=25d44a7f8a651110VgnVCM100000dc0ca8c0RCRD

Fuente: http://www.insht.es

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